Los derechos humanos según Kant
República, Guatemala
Los derechos individuales, según Kant, son principios morales, preceptos fundamentales que definen la acción correcta en un contexto social. Los derechos fundamentan su autoridad en la razón, ya que la idea de derechos, así como la de imperativos morales, surgen de la razón. Como el hombre carece de “instintos” para guiar su conducta hacia el fin de su autopreservación, y la naturaleza le concedió la razón como un poder práctico, debe usar esta última para guiar su conducta, mas no solamente hacia el fin de su autopreservación, sea como sea, sino de manera correcta y justa, conforme a la función práctica más importante de la razón, que es establecer una buena voluntad, una voluntad justa.
Como indiqué en mi entrega anterior “Imperativo Categórico de Kant”, es indispensable al buen comportamiento moral la buena voluntad. La buena voluntad es lo único en el mundo que puede concebirse como bueno sin calificación, nos dice el filósofo prusiano, porque la inteligencia, el ingenio, el juicio y cualquier otro talento de la mente que se desee mencionar, o la valentía, resolución, determinación, como cualidades del temperamento, son sin duda buenos y deseables, pero pueden también ser malos y dañinos cuando la voluntad de usar esos talentos es mala, cuando la intención es mala.
La buena voluntad es la disposición a regir la propia conducta conforme a leyes morales, es decir, a los imperativos categóricos. La voluntad es por tanto no meramente sujeto de la ley, sino también sujeto que debe considerarse como hacedor de la ley. Los imperativos así formulados gozan conformidad de acción con la ley universal en la analogía de un orden natural y en la imposición universal de la supremacía de seres racionales en ellos mismos como fines – por el hecho de ser categóricos y que excluyen de autoridad soberana toda mezcla de interés como motivo. Este es el principio de autonomía que se distingue de todos los otros que llamamos heteronomía. Así, un ser racional pertenece al reino universal de los fines morales como miembro, cuando, aunque él hace la ley universal, él también se rige por estas leyes.
Ahora, cuando Kant afirma que estas leyes fundamentales o principios morales surgen de la razón, se refiere a la razón pura, que las concibe, no empíricamente, sino a priori, es decir como verdades universales validadas por la ley de contradicción. Son principios formales de la razón práctica, y como los de la lógica, carentes de contenido material, que sólo establecen relaciones no contradictorias, que puedan ser leyes universales, cualesquiera que sean los fines particulares. No son principios materiales de la razón práctica, es decir, en forma de fines como objetos de libre elección. Los imperativos categóricos son pues, mandatos de la razón que apuntan al bien práctico, que es aquello que determina la voluntad por conceptos de la razón, y por tanto no por causas subjetivas, sino objetivas – eso es, en bases válidas para todo ser racional como tal. El imperativo categórico declara que una acción es objetivamente necesaria en sí misma, independientemente de su relación con un fin futuro. Éste es un imperativo moral – le atañe la conducta libre y moralmente buena. Se expresa como una proposición categórica: «La conducta correcta es obrar sólo según una máxima tal, que puedas querer al mismo tiempo que se torne en ley universal sin contradicción.»
Para establecer el segundo imperativo categórico Kant empieza con el siguiente argumento: supongamos ahora que hay algo cuya existencia tiene en sí misma un valor absoluto, algo que como fin en sí mismo podría ser la base para determinar leyes; entonces en él y sólo en él, habría el fundamento para un imperativo categórico – es decir, para una ley práctica. Concluye que el hombre, y en general cada ser racional, existe como un fin en sí mismo y no como medio para el uso arbitrario por esta o aquella voluntad. Él debe, en todas sus acciones, ya sean dirigidas a sí mismo o a otros seres racionales, verlos siempre como fines en sí mismos. El ser racional, nos dice, se denomina persona porque su naturaleza ya lo establece como fin en sí mismo – es decir, como algo que no debe ser usado como medio – y consecuentemente impone un límite a todo trato arbitrario que se le dé. De ahí concibe el imperativo categórico que reza:
«Obra de tal modo que trates a la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como un fin y nunca solamente como un medio.» Kant
Estos principios morales – el de universalidad y el de humanidad que exigen respetar a la persona por ser racional – determinan la conducta correcta, recta, derecha en un contexto social. Y el principio de contradicción rige también para los derechos que se derivan de estos principios morales. Por eso Kant critica la definición usual de libertad legal como el derecho de “hacer cualquier cosa que uno desee, en tanto las propias acciones no perjudiquen a alguien más.” ¿Pero qué significa este derecho, esta conducta correcta?, pregunta Kant. La posibilidad de una acción en tanto uno no dañe a otro. Así que la explicación de la autoridad de esta norma sería: “una persona no daña a otro (sin importar lo que haga) si no daña a otro” – y esto es una tautología vacía.
Por eso Kant propone como definición de libertad legal, «el derecho de no obedecer ninguna ley externa, aparte de aquella a la que he dado mi consentimiento». Esta definición reconoce que el individuo es persona, un fin en sí misma, y que gracias a su razón puede establecer sus propios medios y fines, y que la conducta correcta es que la determine según el principio de autonomía donde, aunque él hace la ley universal, él también se rige por estas leyes.
De la misma manera define la igualdad legal en un estado como «aquella relación entre ciudadanos en la cual ninguna persona puede obligar legalmente a otra, si no se somete al mismo tiempo a la ley por la que a la vez, podría ser obligado de la misma manera por otra persona». Esta definición reconoce el imperativo categórico de universalidad que dicta: «obra sólo según una máxima tal, que puedas querer al mismo tiempo que se torne en ley universal sin contradicción».
En su libro Zum ewigen Frieden. Ein philosophischer Entwurf, (La Paz Perpetua), Kant explica que la única sociedad política que es moral es aquella cuya constitución es republicana, porque reconoce los derechos individuales y se funda primero, de acuerdo los principios de libertad de los miembros de la sociedad (como seres humanos), segundo, conforme a los principios de dependencia de todos sus miembros a un sistema común de leyes (como súbditos), y tercero, conforme a la ley de igualdad de sus miembros (como ciudadanos). Esta es la única sociedad política de vínculo contractual, donde la cooperación social se da en virtud de contrato y coordinación voluntaria. Aquí la relación entre los individuos cooperantes es simétrica en lugar de hegemónica. A esta organización Kant la llamó “Rechtsstaat”, que quiere decir, Estado de Derecho.
Los derechos de los individuos son sagrados, dice Kant y no deben violarse bajo ninguna excusa. Ni aún motivados por las “mejores intenciones”, como cuando algunos políticos, para aliviar el sufrimiento de unos, proponen violar los derechos de otros. Pretenden, por ejemplo, usando la fuerza del Estado condonar las deudas que unos le tienen a otros por un año – bancos y empresas de servicios –violando los derechos de éstos últimos. Pretender tener el derecho de violar el derecho de otro es una contradicción. Aquello que es moralmente malo, tiene como característica, por su propia naturaleza, el ser autocontradictorio y auto destructivo.
Si bien es cierto que el amor al prójimo y el respeto a sus derechos son obligaciones, dice Kant, el primero es solamente un deber condicional, mientras el segundo es un deber incondicional, que obliga absolutamente. Así que quien quiera disfrutar de la dulce sensación de hacer el bien a otros, debe, insiste Kant, primero asegurarse completamente que no viola el derecho de otros.
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