Los antifederalistas tenían razón
El 27 de septiembre es el aniversario de la publicación del primero de los Papeles Antifederalistas de 1789. Los antifederalistas eran contrarios a la ratificación de la Constitución de EEUU. Temían que creara un gobierno central autoritario, mientras que los defensores de la Constitución prometían que eso no pasaría. Como perdedores en ese debate, hoy están prácticamente olvidados. Pero eso no significa que estuvieran equivocados o que no estemos en deuda con ellos.
Por muchas razones, se ha calificado mal a este grupo. El federalismo se refiere al sistema de gobierno descentralizado. Este grupo defendía los derechos de los estados (la misma esencia del federalismo) frente a los federalistas, que deberían haber sido descritos más apropiadamente como nacionalistas. Sin embargo, lo que predijeron los llamados antifederalistas que serían los resultados de la Constitución resultó ser cierto en casi todos sus aspectos.
Los antifederalistas nos advirtieron de que el coste que soportarían los estadounidenses tanto en libertad como en recursos para el gobierno que se desarrollarían bajo la Constitución aumentaría enormemente. Por eso sus objeciones llevaron a la Declaración de Derechos, a limitar esa tendencia (aunque con demasiado poco éxito que ha sobrevivido hasta el presente).
Los antifederalistas se oponían a la Constitución basándose en que sus controles del poder federal se verían socavados por las interpretaciones expansivas de la promoción del “bienestar general” (se se reclamaría para cualquier ley) y la cláusula de “todas las leyes necesarias y apropiadas” (que se usaría para superar los límites en los poderes federales delegados), creando un gobierno federal con poderes injustificados y no delegados que estaba condenado al abuso.
Uno podría objetar acerca de los mecanismos que los antifederalistas predijeron que llevarían a la tiranía constitucional. Por ejemplo, no previeron que la Cláusula de Comercio llegaría a ser llamada la “la cláusula de todo” en las facultades de derecho, utilizada por los centralizadores para justificar casi cualquier intervención federal concebible. La distorsión del significado original de la cláusula en el siglo XX fue tan grande que los vigilantes antifederalistas nunca podrían haber imaginado que el gobierno se saliera con la suya.
Y no podían haber previsto cómo la Decimocuarta Enmienda y su interpretación extenderían la dominación federal sobre los estados tras la Guerra de Secesión. Pero es muy difícil discutir sus conclusiones desde el alcance actual de nuestro gobierno, no solo para introducir por la fuerza, sino a menudo para abrumar hoy a los estadounidenses.
Por tanto, merece la pena recordar los anticipadores argumentos de los antifederalistas y lo desafortunado que es la práctica ausencia de estadounidenses modernos que compartan sus preocupaciones.
Uno de los antifederalistas más brillantes fue Robert Yates, un juez de Nueva York que, como delegado en la Convención Constitucional, se retiró porque la convención estaba excediendo sus instrucciones. Yates escribía como Brutus en los debates sobre la constitución. Dada su experiencia como juez, su afirmación de que el Tribunal Supremo se convertiría en una fuente de extralimitación federal casi ilimitada fue particularmente brillante.
Brutus afirmaba que el Tribunal Supremo ideado en la Constitución se convertiría en una fuente de abusos masivos, porque estaba más allá del control “tanto del pueblo como del poder legislativo” y no estaba sujeto a ser “corregido por ningún poder por encima de él”. Por consiguiente, objetaba al hecho de que sus provisiones justificando la remoción de jueces no incluyera fallos que fueran más allá de la autoridad constitucional, lo que llevaría a una tiranía judicial.
Brutus argumentaba que cuando estuvieran ausentes las bases constitucionales para dictar sentencia, el Tribunal crearía bases “mediante sus propias sentencias”. Pensaba que el poder que conllevaría sería tan irresistible que el judicial lo usaría para crear derecho, manipulando para justificarlo el significado de las cláusulas vagas.
El Tribunal Supremo interpretaría la Constitución según su supuesto “espíritu” en lugar de verse restringido a solo la “letra” de sus palabras escritas (como requeriría la doctrina de los derechos enumerados, indicada en la Décima Enmienda).
Además, las sentencias derivadas de cualquiera que el tribunal considere que sea su espíritu en la práctica “tiene fuerza de ley”, debido a la ausencia de medios constitucionales para “controlar sus fallos” y “corregir sus decisiones”. Este defecto constitucional se desarrollaría con el tiempo de una “manera silenciosa e imperceptible”, a través de precedentes que se acumularían unos sobre otros.
El poder judicial expandido daría poder a los jueces para dar al gobierno federal la forma que éstos desearan, porque las interpretaciones constitucionales del Tribunal Supremo controlarían el poder efectivo otorgado al gobierno y sus distintas ramas. Eso daría al Tribunal Supremo un poder siempre creciente, en contradicción directa al argumento de Alexander Hamilton en el número 78 del Federalist de que el Tribunal Supremo sería “el poder menos peligroso”.
Brutus predijo que el Tribunal Supremo adoptaría principios “muy liberales” al interpretar la Constitución. Argumentaba que nunca en la historia había habido un tribunal con tal poder y con tan pocos controles, dando al Tribunal Supremo “poderes inmensos” que no solo no tenían precedentes, sino que eran peligrosos para una nación fundada en el principio del consentimiento de los gobernados. Dado el grado en que se había eliminado el poder de los ciudadanos de mantener en la práctica su consentimiento ante las acciones federales, es difícil responder a la conclusión de Brutus.
Advirtió además que el nuevo gobierno no se vería restringido en su poder de fijar impuestos y que el poder bélico del legislativo era muy peligroso: “el poder en el legislativo federal de crear y dotar ejércitos a su placer, así en la paz como en la guerra, y su control sobre la milicia, tienden, no solo a una consolidación del gobierno, sino a la destrucción de la libertad”.
También objetó a la misma idea de que una forma republicana de gobierno pudiera funcionar bien sobre tan vasto territorio, incluso en el relativamente pequeño territorio comparado con los EEUU de hoy en día:
La historia no proporciona ningún ejemplo de una república libre, de nada como los Estados Unidos. Las repúblicas griegas eran pequeñas, igual que la de los romanos. Ambas, es cierto, con el paso del tiempo, extendieron sus conquistas sobre grandes territorios y la consecuencia fue que sus gobiernos se cambiaron de gobiernos libres a algunos de los más tiránicos que hayan existido nunca en el mundo.
Brutus describía apropiadamente tanto la causa (la ausencia de limitaciones aplicables al tamaño y ámbito del gobierno federal) como las consecuencias (el aumento de las cargas y las crecientes invasiones de la libertad) de lo que se convertirían en los expansivos poderes federales que ahora vemos a nuestro alrededor.
Pero hoy Brutus concluiría que había sido demasiado optimista. El gobierno federal ha crecido en órdenes de magnitud mayores de los que nunca pudo haber imaginado (en parte porque estaba escribiendo cuando solo eran posibles impuestos indirectos y el pequeño gobierno que podían financiar, antes de que la 16ª Enmienda abriera el camino al impuesto federal sobre la renta en 1913), excediendo con mucho sus poderes enumerados constitucionalmente, a pesar de las limitaciones de la Declaración de Derechos. El resultado grava a los ciudadanos más allá de su peor pesadilla.
La tiranía judicial que fue predicha apropiadamente y sin ambigüedades por Brutus y otros antifederalistas demuestra que en lo esencial tenían razón y que los estadounidenses modernos aún tienen mucho que aprender de ellos. Tenemos que comprender sus argumentos y tomarlos muy en serio ahora, si hay alguna esperanza de restringir al gobierno federal a los poderes limitados que realmente le concede la Constitución o incluso algo cercano a ello, dada su actual tendencia a acelerar su crecimiento más allá de ellos.
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