España: Cambios constitucionales ilegítimos y el secuestro del derecho a la libertad
Ya analizamos como el populismo y la demagogia se aprovechan de las fisuras normativas de las democracias para conseguir el poder, provocando involuciones institucionales explícitas que son fácilmente identificables por su metodología subversiva y por sus políticas de colectivización que destruyen los cimientos y la riqueza de la sociedad civilizada.
Pero también merece la pena analizar un tipo de involución más lenta y difusa, como la que se está produciendo en España, mediante un cambio de régimen político por la imposición a todos los españoles del nuevo Estatuto de Cataluña, aprobado por sólo un 36% de los catalanes con derecho a voto y sin el consentimiento explícito del resto de ciudadanos de España que también verán conculcados sus derechos individuales.
Es decir, existen involuciones políticas encubiertas, menos evidentes ante la población, pero premeditadas, alevosas e implícitas en legislaciones liberticidas que aprueban las autoridades en contra de la Constitución. Por más que hayan sido elegidos en unas elecciones democráticas, los políticos no reciben un cheque en blanco para legislar en contra de los derechos fundamentales o de la estructura institucional de un Estado, sin contar con el principio de consentimiento de la inmensa mayoría de los votantes que verán atropellados sus derechos civiles.
A pesar de contener artículos inconstitucionales, violentar la convivencia con otras Comunidades Autónomas y atropellar los derechos de los ciudadanos no nacionalistas, se ha estado aplicando el nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña, por lo que parece estar asentándose un golpe de estado permanente por la vía de los hechos consumados en un proceso ilegal e ilegítimo de destrucción de la Constitución Española de 1978.
Sin respuesta social contundente ante el desafío nacionalista y, con un elocuente silencio oficial ante los serios interrogantes planteados por el magnicidio terrorista del 11 de marzo de 2004, parece existir un acuerdo tácito e irresponsable de los principales partidos y autoridades políticas, del Rey hacia abajo, tan sólo roto por protestas meramente testimoniales e inefectivas, para dejar evolucionar (degenerar) la situación de crisis institucional hasta que se logre un punto de equilibrio (inestable) que está a punto de validarse judicialmente mediante el juego ilegítimo al que nos tiene acostumbrados el jurídicamente aberrante Tribunal Constitucional.
Con un retraso de más de tres años, se espera una sentencia de maquillaje del nuevo Estatuto de Cataluña que mantendrá el status quo de diferenciación política a favor de las clases dirigentes de la región de Cataluña, para mantener la enorme red de intereses clientelares tejida entorno al nacionalismo con militantes y organizaciones viviendo de la sopa boba del presupuesto público como Omnium Cultural, Sobirania i Progres o Deumil, auspiciadas, financiadas e instrumentalizadas por políticos y, fundamentalmente, organizadas en contra de los derechos de los ciudadanos no nacionalistas y de la voluntad manifestada por todos los españoles con la mayoritaria aprobación de la Constitución Española el 6 de diciembre de 1978.
Un tribunal especializado en temas de inconstitucionalidad es siempre peligroso cuando se constituye ajeno a la máxima autoridad judicial que debiera ser el Tribunal Supremo o bien cuando no queda integrado como quinta sala del mismo y no está formado exclusivamente por jueces de carrera elegidos con carácter vitalicio por la propia judicatura o, en su defecto, por los ciudadanos.
La redacción del artículo 159 CE fue jurídicamente errónea al no exigir que los miembros del Tribunal Constitucional tuviesen que ser jueces, con lo que se eliminó el principio de independencia judicial y se asestó una puñalada legislativa al principio de separación de poderes; ambos indispensables para afianzar la existencia de un Estado de Derecho que garantice los derechos civiles y para evitar la corrupción y la prevaricación que erosionan las instituciones de la democracia.
Como órgano del poder judicial, resulta mortal para la salvaguarda de los derechos y libertades de los españoles, que los miembros del Tribunal Constitucional sean elegidos por el Gobierno y el Parlamento nacionales, cuando su cometido es evaluar la inconstitucionalidad de las leyes.
Con doce miembros altamente politizados por evidente cercanía al movimiento nacionalista o por deber sus cargos al apaño político, es muy probable que el Tribunal Constitucional acabe claudicando ante las presiones separatistas sirviendo a los espurios intereses de los partidos que los han elegido. Es decir, muy probablemente el Tribunal Constitucional validará con una sentencia rectificadora la reforma encubierta de la Constitución Española de 1978 que supone el nuevo Estatuto de Cataluña en vez de abolir una ley que es de arriba a abajo inconstitucional.
Esta ley de rango inferior y autonómico, introduce normativa inconstitucional que secuestra el derecho a la libertad de los ciudadanos no nacionalistas en Cataluña, crea un Consejo de Garantías Estatutarias que suplanta al propio Tribunal Constitucional y, establece una relación bilateral con el resto de regiones de España lo que instaura de facto un Estado Confederal.
Sometido a la pérdida democrática de derechos civiles, bien mediante involuciones rápidas y explícitas bien por medio de involuciones lentas e implícitas, el ciudadano queda prisionero de normas y leyes que atentan contra los derechos naturales inherentes e inalienables al hombre libre e imponen la servidumbre a los designios de la ingeniería social impuesta por la casta política instalada en el poder.
En el caso de Cataluña, los prebostes nacionalistas aprovechan las fisuras normativas de la Constitución Española de 1978, chantajean al Tribunal Constitucional y amenazan la débil estructura institucional para instaurar un nuevo régimen político confederal, ilegítimo al no conseguir el refrendo de una amplia mayoría de la población con derecho a voto en España.
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