La semana pasada, la Corte Suprema se abocó a tratar los argumentos vertidos en el marco de la causa “Ashcroft c. Raich”, un caso que toca aspectos fundamentales que conciernen tanto al federalismo como a la libertad individual. La Corte debe pronunciarse respecto de sí la Cláusula del Comercio de la Constitución faculta o no al Congreso, a través de la Ley de Substancias Controladas, a prohibir el uso medicinal de la marihuana.
La causa incidirá también sobre la calidad de vida y la longevidad de dos mujeres californianas gravemente enfermas. Angel Raich padece de parálisis, de un tumor cerebral no operable quirúrgicamente, de ataques, de dolo crónico, de una pérdida de peso que amenaza su vida, y de muchas otras dolencias. Diane Monson se encuentra afectada de un dolor de espalda crónico y de espasmos musculares causados por una enfermedad degenerativa de la espina SPINE. Sus facultativos—tras concluir que los padecimientos de las mujeres no podrían ser aliviados con el empleo de los medicamentos comunes, les recetaron marihuana tal como lo permite la Ley del Uso Piadoso del estado de California.
Ambas mujeres han experimentado resultados benéficos tras utilizar la marihuana. Raich, quien en una oportunidad estuvo confinada a una silla de ruedas, es capaz de caminar nuevamente. Sin el uso de la marihuana, sin embargo, su condición se verá deteriorada.
Uno se ve fuertemente obligado a caracterizar a la utilización medicinal de la marihuana por parte de Raich y de Monson como si se tratase de “comercio inter-estadual.” La marihuana en cuestión es cultivada utilizando solamente tierra, agua, nutrientes, utensilios de labranza, y provisiones fabricadas u originadas en California. En otras palabras, es una actividad agrícola intra-estadual. Pero en el mundo de la jurisprudencia existente actualmente sobre la Cláusula del Comercio, si una actividad local afecta o pudiese afectar a la economía nacional, el Congreso detenta la facultad de reglamentarla al amparo de sus facultades sobre el comercio.
La Cláusula del Comercio faculta al Congreso para “regular el Comercio con las naciones extranjeras, entre los diferentes estados y con las tribus indígenas.” Al momento de su redacción, el comercio era entendido como un intercambio o la comercialización; el mismo no era considerado como comprensivo de actividades locales tales como la agricultura.
Al permitirle al Congreso reglamentar el comercio inter-estadual, los redactores de la Constitución no contemplaron las restricciones sobre la marihuana o cualquier otro tipo de cultivo hogareño. En cambio, procuraban crear una gran zona de libre comercio dentro de los Estados Unidos mediante la remoción de las barreras al comercio interno, tal como Alexander Hamilton y James Madison lo puntualizaron en Los Papeles Federalistas. Una zona de libre comercio a lo largo y ancho de la nación, concordaban casi todos, les permitiría a los estados aprovechar la división del trabajo y morigerar las tensiones en la medida que los bienes atravesasen libremente las fronteras.
Hamilton señalaba específicamente en el Federalista Nro 17 que la Cláusula del Comercio no tendría efecto alguno sobre “la administración de la justicia privada . . ., la supervisión de la agricultura y de otros asuntos de naturaleza similar.”
Aparte de la pauta interpretativa de Hamilton y Madison, como una cuestión textual la “agricultura” no puede ser leída como “comercio.” Obviamente, el Congreso no puede reglamentar las cosechas que crecen en los países extranjeros ni en los territorios de los indios. Y en virtud de que a “comercio” debe otorgársele un idéntico significado cuando se trata de los estados, el Congreso tampoco puede reglamentar a la agricultura estadual. (No obstante ello, la reglamentación parlamentaria del tráfico inter-estadual de productos agrícolas o de la importación de tales productos desde otros países, sería consistente con el énfasis de Madison y Hamilton sobre los bienes que atraviesan las fronteras)
De esta forma, sobre la base del sentido común, la interpretación originaria de la Cláusula del Comercio debería permitirle a Raich y a Monson el cultivo y el empleo de marihuana para propósitos medicinales. Pero aquí es donde el precedente de la Corte Suprema desde la época del New Deal complica las cosas.
En 1942, la Corte consideró la constitucionalidad de la Ley del Ajuste de la Agricultura del Presidente Franklin D. Roosevelt. En la causa “Wickard c. Filburn,” el Tribunal debió expedirse sobre la cuestión de sí el Congreso podía reglamentar el cultivo de trigo realizado por un granjero con la exclusiva intención de emplearlo para el consumo de su granja. Una actividad local, manifestó la Corte, puede “ser alcanzada por el Congreso si la misma ejerce un efecto económico substancial sobre el comercio inter-estadual.” A pesar de que los 11,9 acres sembrados con trigo en cuestión no parecían afectar al comercio inter-estadual, la Corte razonó que el trigo del granjero, “considerado en conjunto con el de muchos otros situados de manera similar, dista de ser algo trivial.” Debido a que el cultivo del trigo para el consumo hogareño por parte de cientos o de miles de agricultores podría afectar la demanda y el precio de ese cereal, los actos de un alma solitaria y bucólica caen dentro de la facultad del Congreso de reglamentar el comercio.
No debe sorprender que la presentación del gobierno en la causa de Raich recaiga fuertemente en el fallo pronunciado en el caso Wickard. De acuerdo con el Letrado General, “el cultivo hogareño de la marihuana desplaza a las drogas vendidas tanto en el mercado abierto de estupefacientes como en el mercado negro de drogas reglamentado por [la Ley de Substancias Controladas].” De aquí, el gobierno concluye que el “Congreso posee la facultad de reglamentar el comercio inter-estadual de la marihuana en virtud de ser una actividad que afecta de manera sustancial al mercado, independientemente del uso deseado para la droga.” Bajo este razonamiento del gobierno, ¡el Congreso podría regular la procreación en razón de que un crecimiento de la población podría incidir sobre el mercado y el precio de la marihuana! Si el argumento del gobierno prevalece, entonces el Congreso tendrá un irrestricto poder de policía para reglamentar todas las facetas de la vida estadounidense. El recordatorio de las facultades enumeradas del Congreso en el Artículo I, Sección Ocho de la Constitución será reducido a algo superfluo.
En años recientes, la Corte Suprema ha intentado imponerles algunos límites a las facultades parlamentarias sobre el comercio. En su fallo en la causa “United States c. López” (1995), la Corte sostuvo que la posesión de un arma de fuego en las zonas escolares no afecta a la economía nacional; de esta manera, el Congreso no puede prohibir a las armas de fuego en estas áreas esgrimiendo a la Cláusula del Comercio. En el caso “United States c. Morrison” (2000), el Alto Tribunal rechazó las afirmaciones del gobierno de que los crímenes violentos motivados por el género afectan al comercio inter-estadual y de que debía permitirse la creación de un derecho de acción privada federal. Mientras que la tendencia es la de circunscribir a las facultades sobre el comercio, ambos pronunciamientos de la Corte dejaron intacto al recaído en la causa Wickard.
El fallo en la causa Raich tendrá implicancias de mayor alcance. California es uno de los nueve estados que permite el empleo de la marihuana para propósitos medicinales. Y en estos nueve estados existen muchas personas como Raich y Monson que dependen de la marihuana para aliviar sus condiciones de salud crónicas. Solamente podemos esperar que la Corte continúe limitando el abuso por parte del Congreso de sus facultades sobre el comercio. Los principios del federalismo, la libertad individual, y la compasión aconsejan todos un fallo a favor de Raich y de Monson.
Traducido por Gabriel Gasave
El abuso del comercio
La semana pasada, la Corte Suprema se abocó a tratar los argumentos vertidos en el marco de la causa “Ashcroft c. Raich”, un caso que toca aspectos fundamentales que conciernen tanto al federalismo como a la libertad individual. La Corte debe pronunciarse respecto de sí la Cláusula del Comercio de la Constitución faculta o no al Congreso, a través de la Ley de Substancias Controladas, a prohibir el uso medicinal de la marihuana.
La causa incidirá también sobre la calidad de vida y la longevidad de dos mujeres californianas gravemente enfermas. Angel Raich padece de parálisis, de un tumor cerebral no operable quirúrgicamente, de ataques, de dolo crónico, de una pérdida de peso que amenaza su vida, y de muchas otras dolencias. Diane Monson se encuentra afectada de un dolor de espalda crónico y de espasmos musculares causados por una enfermedad degenerativa de la espina SPINE. Sus facultativos—tras concluir que los padecimientos de las mujeres no podrían ser aliviados con el empleo de los medicamentos comunes, les recetaron marihuana tal como lo permite la Ley del Uso Piadoso del estado de California.
Ambas mujeres han experimentado resultados benéficos tras utilizar la marihuana. Raich, quien en una oportunidad estuvo confinada a una silla de ruedas, es capaz de caminar nuevamente. Sin el uso de la marihuana, sin embargo, su condición se verá deteriorada.
Uno se ve fuertemente obligado a caracterizar a la utilización medicinal de la marihuana por parte de Raich y de Monson como si se tratase de “comercio inter-estadual.” La marihuana en cuestión es cultivada utilizando solamente tierra, agua, nutrientes, utensilios de labranza, y provisiones fabricadas u originadas en California. En otras palabras, es una actividad agrícola intra-estadual. Pero en el mundo de la jurisprudencia existente actualmente sobre la Cláusula del Comercio, si una actividad local afecta o pudiese afectar a la economía nacional, el Congreso detenta la facultad de reglamentarla al amparo de sus facultades sobre el comercio.
La Cláusula del Comercio faculta al Congreso para “regular el Comercio con las naciones extranjeras, entre los diferentes estados y con las tribus indígenas.” Al momento de su redacción, el comercio era entendido como un intercambio o la comercialización; el mismo no era considerado como comprensivo de actividades locales tales como la agricultura.
Al permitirle al Congreso reglamentar el comercio inter-estadual, los redactores de la Constitución no contemplaron las restricciones sobre la marihuana o cualquier otro tipo de cultivo hogareño. En cambio, procuraban crear una gran zona de libre comercio dentro de los Estados Unidos mediante la remoción de las barreras al comercio interno, tal como Alexander Hamilton y James Madison lo puntualizaron en Los Papeles Federalistas. Una zona de libre comercio a lo largo y ancho de la nación, concordaban casi todos, les permitiría a los estados aprovechar la división del trabajo y morigerar las tensiones en la medida que los bienes atravesasen libremente las fronteras.
Hamilton señalaba específicamente en el Federalista Nro 17 que la Cláusula del Comercio no tendría efecto alguno sobre “la administración de la justicia privada . . ., la supervisión de la agricultura y de otros asuntos de naturaleza similar.”
Aparte de la pauta interpretativa de Hamilton y Madison, como una cuestión textual la “agricultura” no puede ser leída como “comercio.” Obviamente, el Congreso no puede reglamentar las cosechas que crecen en los países extranjeros ni en los territorios de los indios. Y en virtud de que a “comercio” debe otorgársele un idéntico significado cuando se trata de los estados, el Congreso tampoco puede reglamentar a la agricultura estadual. (No obstante ello, la reglamentación parlamentaria del tráfico inter-estadual de productos agrícolas o de la importación de tales productos desde otros países, sería consistente con el énfasis de Madison y Hamilton sobre los bienes que atraviesan las fronteras)
De esta forma, sobre la base del sentido común, la interpretación originaria de la Cláusula del Comercio debería permitirle a Raich y a Monson el cultivo y el empleo de marihuana para propósitos medicinales. Pero aquí es donde el precedente de la Corte Suprema desde la época del New Deal complica las cosas.
En 1942, la Corte consideró la constitucionalidad de la Ley del Ajuste de la Agricultura del Presidente Franklin D. Roosevelt. En la causa “Wickard c. Filburn,” el Tribunal debió expedirse sobre la cuestión de sí el Congreso podía reglamentar el cultivo de trigo realizado por un granjero con la exclusiva intención de emplearlo para el consumo de su granja. Una actividad local, manifestó la Corte, puede “ser alcanzada por el Congreso si la misma ejerce un efecto económico substancial sobre el comercio inter-estadual.” A pesar de que los 11,9 acres sembrados con trigo en cuestión no parecían afectar al comercio inter-estadual, la Corte razonó que el trigo del granjero, “considerado en conjunto con el de muchos otros situados de manera similar, dista de ser algo trivial.” Debido a que el cultivo del trigo para el consumo hogareño por parte de cientos o de miles de agricultores podría afectar la demanda y el precio de ese cereal, los actos de un alma solitaria y bucólica caen dentro de la facultad del Congreso de reglamentar el comercio.
No debe sorprender que la presentación del gobierno en la causa de Raich recaiga fuertemente en el fallo pronunciado en el caso Wickard. De acuerdo con el Letrado General, “el cultivo hogareño de la marihuana desplaza a las drogas vendidas tanto en el mercado abierto de estupefacientes como en el mercado negro de drogas reglamentado por [la Ley de Substancias Controladas].” De aquí, el gobierno concluye que el “Congreso posee la facultad de reglamentar el comercio inter-estadual de la marihuana en virtud de ser una actividad que afecta de manera sustancial al mercado, independientemente del uso deseado para la droga.” Bajo este razonamiento del gobierno, ¡el Congreso podría regular la procreación en razón de que un crecimiento de la población podría incidir sobre el mercado y el precio de la marihuana! Si el argumento del gobierno prevalece, entonces el Congreso tendrá un irrestricto poder de policía para reglamentar todas las facetas de la vida estadounidense. El recordatorio de las facultades enumeradas del Congreso en el Artículo I, Sección Ocho de la Constitución será reducido a algo superfluo.
En años recientes, la Corte Suprema ha intentado imponerles algunos límites a las facultades parlamentarias sobre el comercio. En su fallo en la causa “United States c. López” (1995), la Corte sostuvo que la posesión de un arma de fuego en las zonas escolares no afecta a la economía nacional; de esta manera, el Congreso no puede prohibir a las armas de fuego en estas áreas esgrimiendo a la Cláusula del Comercio. En el caso “United States c. Morrison” (2000), el Alto Tribunal rechazó las afirmaciones del gobierno de que los crímenes violentos motivados por el género afectan al comercio inter-estadual y de que debía permitirse la creación de un derecho de acción privada federal. Mientras que la tendencia es la de circunscribir a las facultades sobre el comercio, ambos pronunciamientos de la Corte dejaron intacto al recaído en la causa Wickard.
El fallo en la causa Raich tendrá implicancias de mayor alcance. California es uno de los nueve estados que permite el empleo de la marihuana para propósitos medicinales. Y en estos nueve estados existen muchas personas como Raich y Monson que dependen de la marihuana para aliviar sus condiciones de salud crónicas. Solamente podemos esperar que la Corte continúe limitando el abuso por parte del Congreso de sus facultades sobre el comercio. Los principios del federalismo, la libertad individual, y la compasión aconsejan todos un fallo a favor de Raich y de Monson.
Traducido por Gabriel Gasave
Delitos, justicia penal y prisionesDerecho ConstitucionalDerecho y libertadGuerra contra las drogasLitigación
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