A, B, C, Absolutismo
¿Qué es? ¿Qué entendemos por absolutismo? ¿Cuándo hablamos y/o nos referimos al absolutismo captamos lo mismo? Veamos. Leemos en algunos textos que el absolutismo fue una forma de gobierno en donde el poder estaba en una sola persona y lo ejercía una sola persona a quien obedecían todas las demás y no le rendía cuentas ni a la asamblea ni al pueblo.
En otros textos se afirma que era una doctrina política caracterizada por una teórica concentración del poder del Estado en un gobernante que era el monarca. Hay más. Una doctrina política y forma de gobierno que tenia como objetivo el control total del Estado, el poder era ilimitado, ausencia de otros poderes, todo estaba en manos de un gobernante.
¿Dónde y cuando hubo absolutismo? En Europa casi todos los reinos pasaron por experiencias absolutistas, con la monarquía absoluta, la cual personificaba la soberanía. Siglos 16, 17 y 18, luego el régimen feudal cedió el paso a la edad moderna y esta a los estados nacionales, los cuales evolucionaron hacia formas de gobierno más ilustradas pero despóticas. En Francia y España. En Inglaterra con los Tudor y Estuardo. En Alemania el sacro imperio. Austria y Rusia. Etc.
¿Por qué surgió el absolutismo? Variadas explicaciones: 1. Porque la burguesía de aquel entonces necesitaba un poder que estabilizara la economía en un determinado territorio. 2. Porque el protestantismo iniciado por Lutero disminuyo la influencia del papa sobre el rey y empiezan las guerras de religión, luego viene la anarquía. Por eso aparecen los reyes absolutos, para ordenar el desorden 3. La conquista de América acumulo grandes riquezas para España y Portugal y mostró que el absolutismo tenía gran poder.
La guerra larga entre Francia e Inglaterra obligaba a los estados a tener ejércitos regulares comandados por el Rey y no por los señores feudales. 5. La crisis derivada por la rebelión de los siervos. Etc.
¿Cuáles son las bases del absolutismo? El absolutismo monárquico se impuso como idea política rectora gracias, en buena medida, a algunos de los doctores egresados de las universidades, especialmente de Paris, Boloña, Valladolid y Salamanca, entre otras, y, también, a la propagación de la idea del origen divino del poder de los reyes. Esto, en la práctica, se transformo en que el rey es el único que puede crear leyes. El Rey fue designado por Dios.
Jacques Benigne Bossuet, 1627-1707, clérigo intelectual francés, defendía el origen divino del poder y sostenía que Dios escogía a los reyes para que lograran la paz y la justicia y debían ser respetados. Según el, es un gran beneficio que el poder este en manos de una sola persona. La teoría del derecho divino del poder real y/o del absolutismo teológico se dio en aquel ambiente de las guerras de religión. En Europa la divinización del Rey no llego tan lejos como en Asia, donde en algunos países se llego a identificar al rey con el mismo Dios. El rey siempre tuvo cierto poder sobre las iglesias nacionales.
Juan Bodino, 1529-1596, francés, su aporte sobresaliente a la teoría del estado fue sobre el concepto de soberanía y en su obra los seis libros de la republica, define la monarquía como el poder supremo sobre los súbditos. El Rey es la única fuente de derecho, es responsable solo ante Dios y esta sometido a principios morales; puede dictar leyes, declarar la paz, la guerra, designar magistrados y funcionarios, imponer tributos y actuar como tribunal supremo.
Tomas Hobbes, 1588-1679, ingles, se le atribuye la fundación de la mayor parte de la filosofía política de occidente. Propuso que el estado debe asumir la soberanía absoluta, summa potestas, sobre el pueblo y en su obra Leviatán, sostenía que el hombre estaba siempre en guerra y para acabar con eso prefirió renunciar a su libertad y dar todos los poderes al monarca absoluto para que mande y haga todo. La autoridad del Rey esta basada, según el, en la razón.
Según Claude de Seyssel, 1450-1520, en su obra La Grand´Monarchie de France, aunque el rey tiene todo el poder, no debe abusar de él, y debe aceptar las costumbres de los reinos que regenta. Seyssel expresa sus preferencias por una monarquía moderada y no es en absoluto un teórico abstracto, sostiene que el poder real está limitado por tres frenos: las obligaciones de conciencia del rey y el carácter cristiano de la monarquía, los parlamentos y las buenas leyes; ordenanzas y costumbres de los reinos.
Para el historiador R. Mousnier, “la monarquía absoluta es el resultado de la rivalidad de dos clases: la burguesía y la nobleza. El rey arbitró el conflicto, apoyando a la burguesía y domesticando a la nobleza, conduciendo ese conflicto a un equilibrio que aseguró su poder personal y la unidad, el orden y la jerarquía en el Gobierno y en el Estado. Llevó a la sumisión total y a la obediencia sin límites”.
En cambio para Perry Anderson, 1938- , historiador ingles, «el estado absolutista nunca fue el árbitro entre la aristocracia y la burguesía, ni mucho menos, un instrumento en la naciente burguesía contra la aristocracia”. El absolutismo fue en su esencia, según este historiador, un aparato reorganizado y potenciado de dominio feudal.
Pero para algunos tratadistas, los grandes teóricos del absolutismo en la Edad Moderna son Nicolás Maquiavelo, Hugo Grocio, Thomas Hobbes y Jacques Bossuet y en el siglo 18 el absolutismo se convierte en despotismo ilustrado.
¿Cómo se caracterizo el absolutismo? Entre las principales características podemos destacar la existencia del Rey único, vitalicio, hereditario y teocrático; el rey dirigía la Iglesia y era el jefe temporal en lo administrativo mientras que la parte de la fe y la creencia religiosa eran atribuciones del clero. La sociedad permanecía estamentada (si naciste campesino serás campesino; tu condición de noble es permanente). El ejército es incondicional al Rey. La burocracia estaba orientada al mantenimiento del poder del Rey. Podía declarar la guerra o la paz, acuñar monedas, imponer impuestos. El Rey suprimió la autonomía de ciudades y provincias. El rey y el estado se identifican. El rey gobierna sin el parlamento (Inglaterra), estados generales (Francia) ni cortes (España). El rey cuenta con embajadores permanentes, para mantener relaciones. Los reyes franceses y españoles logran cobrar impuestos sin preguntarle a nadie, pero a los ingleses se les opone el parlamento. Se desarrolla el mercantilismo según el cual la riqueza depende de los metales preciosos.
¿Se le atribuyo algún límite al absolutismo? A pesar de todo, las condiciones de la época así como algunos elementos de hecho determinaron que el poder de los reyes absolutos guardaba ciertos límites, tales como: 1. El Rey como todo cristiano estaba sometido a los 10 mandamientos. 2. El respeto al “derecho de gentes”, tradiciones antiguas como la herencia, el mayorazgo, etc. 3. Acatamiento a las normas relacionadas con el fundamento del Estado, tales como: continuidad del estado; ley de sucesión; si el rey es menor o incapaz, puede ser asistido por un regente; la corona debía titularla un príncipe católico (a partir de la Reforma, los reinos protestantes aplicaron este principio); el número de funcionarios era mínimo, y completamente insuficiente para que las determinaciones del monarca se cumplieran efectivamente.
¿Cuáles fueron las consecuencias del absolutismo? Varias explicaciones, todas respetables. Seleccionamos algunas. Solo las nombramos: El surgimiento del Iluminismo; la revolución francesa; la restauración del poder del parlamento en Inglaterra.
A manera de reflexión: A la luz de este recuerdo en donde el absolutismo dejo una huella bien marcada y delineada para la posteridad, forma de gobierno dirigida por una persona para el resto, y hoy día, varios siglos después, sentimos como si se repite esa historia en Venezuela retrocediendo hasta el siglo 16, ahora, además, las campañas mediáticas y concentración de medios de comunicación en manos del régimen actual y la criminalizacion de la libertad, sobre todo de expresión, y para colmo, aparentemente son estimuladas, las injustas desigualdades sociales (basta observar las remuneraciones de los funcionarios y su riqueza súbita), nos preguntamos si las consecuencias tendrán algunos puntos de comparación y/o semejanza: ¿Surgirá algo parecido al iluminismo? ¿Vendrá, de inmediato, una revolución tan profunda como la francesa? ¿Se restablecerán pronto los derechos ciudadanos conculcados hoy? ¿En todo caso, se esta incubando un gran cambio?
Para bien o para mal este régimen centralizador y burocrático, que para los robolucionarios, socialistas, comunistas, asaltantes del poder es una solución, para los boliburgueses y/o vividores una traba, y para el pueblo, los ciudadanos y campesinos una burla más, una demagogia mas, un descaro y cinismo mas, una explotación mas, y al mismo tiempo, una montaña de razones para rebelarse y exigir cuanto humanamente les corresponde, tendrá que desembocar, pronto, en otra cosa, en otra realidad. Y puede ser valido inquirirnos, entonces: ¿Tenemos un neo absolutismo en Venezuela? ¿Seremos capaces de implantar, a pesar de todos estos actuales contratiempos,…”una sociedad genuinamente democrática, institucionalizada como Republica liberal democrática”…como lo sugiere el profesor Carrera Damas? Medítelo, apreciado amigo(a). Solo falta actuar.
“Todos los aduladores son mercenarios, y todos los hombres de bajo espíritu son aduladores”. Aristóteles, 384ac-322ac, Filósofo griego.
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