Elecciones en Honduras
Hoy son las elecciones presidenciales en Honduras, con los mismos candidatos que fueron registrados antes del cambio de presidente, sin el de Zelaya, quien se retiró. El gobierno interino ha invitado a la comunidad internacional a constatar la legitimidad del proceso mediante el cual el pueblo soberano decidirá quién será su presidente.
Es increíble cómo la prensa internacional (ej. AP ) sigue calificando de golpe de Estado la destitución de Zelaya, a pesar de que fue de acuerdo con la Constitución, con excepción de haberlo sacado a Costa Rica, hecho que si bien es considerado ilegal, no tiene la trascendencia que tiene su destitución, y que es discutible si el temor a disturbios justificaba sacarlo del país para salvar vidas. Las agencias de noticias han contribuido así a los designios de la izquierda internacional distribuyendo falsas historias.
Micheletti no es un presidente de facto, sino constitucional de acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, que es la autoridad constitucional máxima de Honduras. El Congreso, inclusive diputados del partido de Zelaya, el cardenal, la Iglesia y grupos cívicos con pocas excepciones avalaron la destitución constitucional de Zelaya, y una investigación del Congreso de EE. UU. dictaminó que la destitución era constitucional, y ello indujo al poder Ejecutivo de esa nación a modificar su intempestiva postura inicial.
¿Qué quiere la izquierda? ¿Qué la Constitución sea válida solo cuando les favorece? Su problema es de inconsistencia. Si no se acepta que en una democracia el ordenamiento constitucional, debe ser respetado aunque no les guste, la democracia se convierte en un juguete ideológico.
Cito al doctor Luis Pazos, economista mexicano: “A primera vista, lo sucedido en Honduras constituye un golpe de Estado por parte del Ejército contra un presidente democráticamente elegido; pero al analizar los hechos, en Honduras se restableció el estado de derecho violentado por su presidente. El Ejército de Honduras no tomó el poder, ni actuó por decisión propia, sino por órdenes de la Suprema Corte de Justicia de esa nación. Ese acto lo respaldó el Tribunal Supremo Electoral y el Congreso, con el aval hasta los diputados del partido del ex presidente”.
Dice la Constitución de Honduras en su artículo 4: “La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria. La infracción de esta norma constituye delito de traición a la Patria”. El artículo. 239 constitucional señala: “El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del poder Ejecutivo no podrá ser presidente o designado. El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos…”.
La prensa internacional sigue perdiendo credibilidad y prestigio cuando censura a quienes observaron la Constitución y absuelve a quien la violó. También merecen censura las instituciones internacionales que padecen de izquierditis —fueron establecidas durante el apogeo del socialismo y son autoperpetuantes—, así como también la OEA, a cuyos presidentes no deja de inquietar el precedente. Todas estas demostraron ser un tigre de papel ante la firmeza de los hondureños que no cedieron, a pesar de sus amenazas, prefiriendo regirse por su Constitución y ejercer su soberanía.
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