Guatemala: Alianzas público-privadas
El pasado 13 de abril el Congreso de la República pasó en tercera lectura un proyecto de ley presentado por el diputado Mariano Rayo, de la bancada Unionista, con el objeto de reglamentar las actividades estatales contratadas a empresas privadas de distinto tipo, identificado como Ley de Participación Público Privada en Materia de Infraestructura, con el número de registro 3472.
Un esfuerzo notable y del que hemos estado urgidos por décadas “Alianzas público – privadas” es otro nuevo término acuñado para referirse a lo que en otras ocasiones hubieran sido llamadas “concesiones”. Yo siempre he tenido un vivo interés en el tema y, dada mi impericia sobre la legislación positiva guatemalteca, me permito airear mis reservas al respecto con vistas a aclaraciones futuras por parte de sus promotores.
La mención del término “alianza” no me satisface del todo, porque podría ser interpretado como esos pactos usuales, nada transparentes, entre ciertos poderosos empresarios y políticos inescrupulosos, casi siempre a espaldas de los intereses comunes a todos sus conciudadanos.
Para mí, las “alianzas” cabrían entre actividades por naturaleza públicas pero a cargo de entes privados o entre actividades privadas administradas por entes públicos. El Crédito Hipotecario Nacional, el Banrural, el Intecap, o contrataciones por fideicomisos serían ejemplos de lo que habría de entenderse por tales “alianzas” público – privadas.
En cambio, la ejecución de obras de infraestructura debidamente licitadas a compañías privadas con cargo al presupuesto nacional sería lo más propio de una ley de concesiones. También la administración del Renap, o de la emisión de pasaportes, por ejemplo, en nuestras experiencias de hoy.
En todas partes, desde hace siglos, se ha licitado a corporaciones del sector privado productivo el cumplimiento de obligaciones del Estado hacia los contribuyentes. Incluso, en los países más desarrollados está minuciosamente prescrita la forma de hacerlo de acuerdo con ciertos principios generales de transparencia, rendimiento de cuentas y eficiencia.
La Municipalidad de esta ciudad capital, por ejemplo, siempre más avanzada y eficaz que el Gobierno central desde que Abundio Maldonado le diera otro rumbo a partir de 1978, se ha anotado así espléndidos logros, sobre todo bajo la administración del alcalde Álvaro Arzú, a través de su proximidad personal a dirigentes experimentados en la cooperación del sector público-privado, desde los contratos de “alimentos por trabajo” hasta hermosos proyectos de jardinización, de pavimentación en áreas residenciales, o de estructuras deportivas y sus accesos —el Estadio de la Pedrera, por ejemplo—. El éxito de todo ello lo confirma indirectamente la moral tributaria de los vecinos, más elevada que la de los contribuyentes a nivel nacional.
Europa ha acumulado una legislación provechosa sobre tales prácticas. Pero también EE.UU. le ha puesto el sello democrático por antonomasia, cual se los reconoció Alexis de Tocqueville hace ya casi dos siglos.
La lectura del proyecto del diputado Rayo, empero, me despierta la vaga sospecha de que se pretende con ella favorecer a ciertos proveedores locales a expensas de los posibles competidores que les puedan llegar desde el extranjero. Ya sé que las palabras “competencia irrestricta” suenan mal en ciertos oídos proclives a las posiciones de la izquierda ideológica. Sin embargo, la tengo como la llave de todo progreso justo en cualquier actuar lícito si se le aplica bajo leyes iguales para todos.
Parto del supuesto del derecho humano, que no simplemente político, de acceder a servicios públicos continuados de calidad.
Y de que ello hace necesaria la existencia de órganos reguladores que faciliten mínimamente la rendición de cuentas y la transparencia, y antes que de agencias de promoción que tienden a favorecer a unos sí y a otros no.
Continuará.
- 23 de enero, 2009
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