Golpe de Estado constitucional
El Periódico, Guatemala
El denominado “golpe de Estado constitucional” es la toma del poder político desde el mismo Gobierno constituido, con fines de concentración de poder (absolutismo y abuso), suplantación (ocupar o desempeñar ilegítimamente un cargo o función), desinstitucionalización (erosión o debilitamiento institucional), perpetuación (permanencia en el poder indefinidamente) y fraude electoral (defraudación de la voluntad popular), bajo una apariencia de legalidad.
Para sus fines, el grupo de poder busca controlar o someter: 1) Tribunales de lo constitucional, para superar limitaciones o impedimentos constitucionales; 2) Entidades electorales, para manipular padrones electorales o convalidar escamoteos electorales; 3) Organismos Legislativos, que le garanticen normativas ad hoc, privilegios y recursos ilimitados; 4) Tribunales de justicia, que le aseguren impunidad; y 5) Órganos de control, para que no fiscalicen adecuadamente la ejecución del gasto público ni deduzcan responsabilidades legales. Como lógico complemento autoritario, se impone la censura a la prensa independiente.
En Venezuela y Nicaragua, entre otros países latinoamericanos, existen claros síntomas de que se ha venido fraguando una suerte de “golpe de Estado constitucional”. Estos síntomas son: 1) La negación de los derechos fundamentales de los habitantes; 2) La subordinación al Ejecutivo de los Organismos Legislativo, Electoral y Judicial, así como de las contralorías de cuentas; 3) El irrespeto a la voluntad popular expresada en las urnas electorales; 4) La politización de las fuerzas armadas; 5) La represión de la oposición política; 6) La criminalización de la disidencia y la prensa independiente; y 7) El histrionismo y la propaganda del odio.
En todo caso, cabe recordar que, a principios del mes pasado, en la Ciudad de Mar del Plata, Argentina, los jefes de Estado, de Gobierno y representantes de los países de América Latina, España, Andorra y Portugal suscribieron la denominada Declaración de Mar del Plata de la XX Cumbre Iberoamericana, que incluye la siguiente cláusula democrática:
“Suspender al Estado en que se hubiese materializado la ruptura del orden constituido o del Estado de Derecho, del derecho a participar en los distintos órganos e instancias, así como del goce de los derechos y de los beneficios que se derivan de ser miembro de la Conferencia Iberoamericana, hasta que el orden constitucional sea restablecido”.
El espíritu de esta cláusula democrática es evitar o disuadir los “golpes de Estado”, a través de los cuales un grupo toma el poder del Estado (incluso desde el mismo Gobierno), en menoscabo del Estado de Derecho y de la democracia institucional. Es decir que el resultado pretendido por el grupo es la instauración de un régimen autocrático, abusador, opresivo y despótico.
¿Será que la comunidad internacional está ciega, muda y sorda?
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