La canallada del legalismo autoritario
La ley puede, desde luego, estabilizar y legalizar el cambio, una vez que se haya producido, pero el cambio es siempre el resultado de una acción extralegal.
Hannah Arendt
Una defensa irrebatible del anarquismo es ilusoria. El respeto a las normas generales que, bajo amenaza de sanción, rigen nuestras relaciones más importantes es un hecho positivo. No sólo esto, ya que, conforme a lo aseverado por el audaz y políticamente incorrecto historiador Niall Ferguson, cuyos libros sirven para lidiar con mitos cretinos, ello explicaría la grandeza de Occidente. Acontece que, sin la sujeción a las leyes, por parte de gobernantes y administrados, no habría sido posible la propiedad privada, un concepto primordial para nuestro avance. Tampoco sería viable el amparo de otros derechos fundamentales, perjudicando la convivencia entre seres humanos. Resumiéndolo, en principio, no se puede sino reconocer la sensatez de contar con un orden que nos libre de abusos varios.
Ese apego a la legalidad hizo que, en el siglo XVII, John Locke concibiera una tiranía como el distanciamiento del orden jurídico. Esto quería decir que, cuando se obraba contra el Derecho, el ejercicio del poder ya era tiránico, afectando nuestros vínculos sociales, al margen de agraviar directamente facultades individuales. Desde luego, en este caso, uno entendía que las leyes habían sido establecidas para proteger o promover los derechos básicos –en especial, vida, libertad y propiedad–. No se consentía, como es razonable suponer, que una disposición de tal índole pudiera ser contraria a esos postulados. Por consiguiente, un autócrata estaba condenado a toparse con códigos, reglas, mandatos e incluso prohibiciones que desacreditaran sus actuaciones. No tenía otra opción que reivindicar su vulneración.
Ahora bien, el problema se presenta cuando, amparado en el principio de legalidad, convencido de que todos debemos cumplir esas normas, pues sería lo mejor para la sociedad, un gobernante exige que se acaten leyes que, aunque sean perfectamente válidas, resulten favorables a un ejercicio autoritario del poder. Porque no es imprescindible que un régimen antidemocrático actúe de modo arbitrario, violando convenciones, incurriendo en groseras vulneraciones del ordenamiento jurídico. Puede alentar la creación de preceptos que, una vez puestos en vigencia, le permitan reclamar un sometimiento formal a sus dictados. Es asimismo posible que penalice conductas para poner en cautiverio a sus detractores. La persecución de disidentes, opositores y demás críticos del régimen es un ejemplo al respecto. De esta manera, la ley se convierte en una herramienta del poder opresor.
Una de las críticas capitales a ese fenómeno, tratado por Jürgen Habermas como legalismo autoritario, tiene que ver con eliminar las objeciones basadas en la moral, los derechos naturales o hasta la razón que se hacen a lo jurídico, en relación con el ejercicio del poder. No basta, como lo hacen positivistas, manifestar que la norma es válida; debe haber la posibilidad de que, en procura de perseguir un orden político ideal, sea factible su crítica. Resalto que, según Leo Strauss, ésta es una de las tareas que se llevan a cabo gracias a la filosofía política. Este campo del pensamiento nos permite que notemos cuándo cabe cumplir un deber, pero también bajo cuáles circunstancias, locales o nacionales, defender el desacato. Porque la lucha en favor de una coexistencia pacífica puede incluir el rechazo a reglas consagradas por los gobernantes. Nunca olvidemos que, cuando autoridades alegan solamente el respeto a las leyes para exigir su obediencia, evidencian la intención de someternos a un sistema vil.
El autor es escritor, filósofo y abogado.
- 28 de diciembre, 2009
- 23 de julio, 2015
- 16 de junio, 2012
- 25 de noviembre, 2013
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