Republicanismo, guía para perplejos
La monarquía española está pasando un lustrum horribilis, para parafrasear a Isabel II, aunque es más justo decir que lleva acumulando problemas desde hace mucho más tiempo. Como el de la corrupción. Otro problema es que se ha incrustado en el juego político un partido con opciones de gobierno (y, de hecho, tiene a un vicepresidente y varios ministros), que quiere cambiar fundamentalmente la Constitución española y sustituirla por otra cosa que quizás no sea republicana, pero desde luego no será monárquica.
De modo que hoy se habla más que antes de la monarquía y la república como formas de Estado. En nuestro país se relaciona la palabra república con la II República española (1931-1936), un sistema político en realidad poco republicano. En nuestro país se vincula la república a la izquierda, porque la izquierda de entonces actuó de forma sectaria, y no aceptó que la derecha tenía el mismo derecho a la participación política. Pecado que condujo, en última instancia, a su destrucción. Entiendo que resulta revelador que muchos de quienes se llaman a sí mismos republicanos no reconozcan este aspecto de la II República, y no quieran corregirlo para una tercera. Pero, por supuesto, una república no tiene por qué tener los mismos defectos que el último experimento republicano español. Entonces, ¿qué es lo que define a una república?
Aún sabiendo que voy a simplificar la cuestión, creo que se pueden destacar cuatro elementos que definen una república. El primero de ellos es el de la participación del pueblo en el proceso político. Esta idea no exige que se alegue al principio de soberanía nacional, aunque por supuesto es compatible con él. Sólo necesita que el pueblo participe en la dirección de los asuntos públicos de la cosa pública (res publica). Ese principio no es incompatible con la monarquía, pero sí con el absolutismo. Dalmacio Negro, en su Historia de las formas del Estado, señala que no se asienta en el discurso una oposición entre ambas hasta las monarquías absolutas.
Un segundo elemento es el de una constitución mixta. En el pensamiento político de Platón, y de Polibio, las formas puras de gobierno (monarquía, aristocracia, democracia) decaen con el tiempo y se convierten en formas políticas degradadas (tiranía, oligarquía, demagogia). Polibio plantea un sistema político que combine los tres sistemas, de tal modo que cada elemento sirva de contrapeso a los otros dos.
En el caso de Inglaterra, esa concepción de una constitución mixta tiene un origen específico. La Cámara de los Lores y la Cámara de los Comunes redactaron conjuntamente un documento con 19 proposiciones. La Corona los rechazó todas, pero lo interesante es la interpretación que hace del propio sistema constitucional inglés. Dice que los tres principios se han combinado en monarquía, aristocracia (Cámara de los Lores) y democracia (Cámara de los comunes). Y al respecto de las solicitudes, dice: “Dado que, por lo tanto, el poder legalmente depositado en ambas cámaras es más que suficiente para prevenir y frenar el poder de la tiranía, y sin el poder que ahora se nos solicita no podremos retener esa confianza, lo que es el fin de la monarquía. Ya que esto sería una subversión total de las leyes fundamentales y excelente constitución de este reino”.
Más allá de la cuestión específica de lo que solicitase el Parlamento, la idea que recoge este documento (junio de 1642) es la de un equilibrio entre tres principios. Y, lo que es igualmente importante, cada uno de los poderes tiene un origen social distinto. De modo que, juntos y combinados, todos los sectores de la sociedad colaboran en la elaboración del derecho y la dirección política del país. Esa es la idea que luego se traslada a la Constitución de los Estados Unidos, con un principio monárquico (la presidencia), otro aristocrático (el Senado, que al principio se elegía por los parlamentos de los diferentes estados y no por voto directo) y otro democrático (la Casa de Representantes). Puede haber distintas interpretaciones de la Constitución mixta.
El tercer elemento lo expresa con exactitud Cicerón, cuando dice que una república es “el conjunto de una multitud asociada por un mismo Derecho que sirve a todos por igual”. La igual sujeción de todos a un mismo derecho es otro de los elementos definitorios de una democracia.
El cuarto elemento es lo que Maquiavelo llamó la virtú. Está muy relacionado con el primero: ya que la república pertenece a todos, la virtú es la moral que aconseja y conmina a todos a participar en la cosa pública. Es una idea que procede del hombre como animal político de Aristóteles: un ciudadano comprometido con su ciudad, con su sociedad.
Hay que hacer dos puntualizaciones al respecto. La primera de ellas es la idea de la milicia, que es el pueblo en armas. Decía Maquiavelo que sólo los ciudadanos tienen el compromiso absoluto hacia su república, lo que les hace superiores a cualquier tipo de fuerza militar, que incluso podría actuar en contra del pueblo. La otra idea es la que defiende, entre otros, James Harrington: la participación en la cosa pública exige tener independencia del Estado y del resto de la sociedad. Y esa independencia se obtiene por medio de la propiedad. Sólo los ciudadanos que tengan propiedad son suficientemente independientes como para participar en los asuntos comunes. Esta última idea tiene un difícil encaje con la democracia de masas.
Estos cuatro elementos juntos conforman una república.
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