Sobre la defensa del libertarismo
1. Introducción
Para aquellos lectores que no estén familiarizados con el libertarismo describiremos sucintamente en qué consiste esta doctrina para luego discutir por qué y cómo puede ser defendida. El libertarismo postula ciertos derechos naturales del individuo: libertad para perseguir y alcanzar fines, propiedad privada, asociación y disociación, realización de intercambios y contratos, etc. El principio de «no inicio de agresión» afirma que nadie —individuo o grupo— debe interferir coactivamente los legítimos planes de vida y acciones de un tercero y que, en consecuencia, éste último queda legitimado para su defensa, sólo o con la ayuda de otras personas. Para los libertarios los vínculos políticos y jurídicos deben ser producto de acuerdos voluntarios y la fuerza solo puede emplearse legítimamente contra otros de manera defensiva o ante el incumplimiento de un acuerdo.
Según Mises (2011: 234): «Existen dos diferentes formas de cooperación social: la cooperación en virtud de contrato y la coordinación voluntaria, y la cooperación en virtud de mando y subordinación, es decir, hegemónica». En la primera, la relación de las partes es simétrica y cada intercambio es consentido. En la segunda, la relación es asimétrica: uno manda y otro obedece. Sin embargo, debemos aquí precisar que una relación de mando-obediencia puede ser consentida o forzada. Por ejemplo, la obediencia de un sacerdote a su obispo o de un paciente a su médico no se basa en la coacción, sino en la autoridad reconocida de quien obedece. Las relaciones jerárquicas laborales tampoco son violentas porque el empleado acepta contractualmente el cumplimiento de órdenes directas y normas de la empresa. Otro ejemplo: la relación de un militar profesional con el Estado es contractual mientras que la de un conscripto es hegemónica. De forma sintética: las relaciones humanas pueden ser pacíficas o violentas.
Entre las primeras se hallan las propias de vínculos estrechos (parentesco, matrimonio, amistad), las afiliaciones (empresa, club, sindicato, asociación) y, por último, las relaciones mercantiles. En un sentido amplio o praxeológico podemos decir que todas las relaciones humanas libres y consentidas son contractuales o de «mercado»; por este motivo, el anarcocapitalismo también recibe el apelativo de «anarquía de mercado». En una sociedad libre los individuos pueden rechazar una relación, aceptarla o interrumpirla. El mercado es una institución social por un doble motivo: a) ético: los intercambios se realizan libre y pacíficamente; b) económico: las partes que participan se benefician mutuamente. Estos son los dos argumentos que justifican una posición libertaria o anarcocapitalista.
Solamente hay dos instituciones que imponen al individuo una relación asimétrica de corte violento: la criminalidad común y el Estado. En ambas, la obediencia se obtiene mediante el poder: amenazando y, en su caso, haciendo uso efectivo de la violencia. No existe «cooperación social» genuina entre quien ejerce violencia y quien la sufre. Ambas instituciones son antisociales por dos motivos: a) ético: los intercambios se realizan bajo amenaza o uso efectivo de la violencia; b) económico: la parte violenta sustrae la propiedad a la parte amenazada, la primera se lucra a expensas de la segunda. La diferencia principal entre la criminalidad común y el Estado es que éste último ha sabido legitimar su violencia a través de diversas estrategias. El lenguaje, con frecuencia, enmascara la naturaleza violenta del Estado: por ejemplo, cuando «pagamos» un café no lo hacemos de la misma manera que cuando «pagamos» un impuesto o cuando «pagamos» el salario de políticos y funcionarios. El primer pago es contractual, libre, consentido; por tanto, beneficioso para las dos partes. El segundo, es hegemónico, violento, forzoso; por tanto, beneficioso para el confiscador —el Estado— y perjudicial para el confiscado —integrantes del sector privado—.
2. Grados de libertarismo
El libertarismo no es una filosofía unitaria. No todos los libertarios interpretan el principio de no agresión de igual modo. Los más radicales —anarcocapitalistas— consideran que cualquier impuesto es una forma de agresión y por ello rechazan al Estado. Sólo las relaciones contractuales son éticas[1] y la defensa de un principio ético no admite grados. No caben posiciones intermedias entre el bien y el mal, entre la propiedad y el robo o entre la libertad y la esclavitud. Por ejemplo, el gobierno nacionalsocialista de Hitler eliminó a varios millones de sus propios ciudadanos (judíos, gitanos, homosexuales, deficientes mentales) pero, aunque hubiera asesinado a uno solo de ellos, este crimen seguiría siendo un crimen. Si entendemos por justicia «dar a cada uno lo suyo» (Ulpiano), cualquier tipo de justicia redistributiva es espuria y la misma «justicia social» una contradicción en los términos (Benegas, 2014). Con frecuencia, los anarcocapitalistas son tachados de extremistas, radicales y utópicos. Los libertarios minarquistas (Bleeding Heart Libertarians) interpretan el principio de no agresión de una forma laxa y consideran legítima «cierta» cantidad de coacción estatal, por ejemplo, la necesaria para sufragar el mantenimiento de un Estado «mínimo» que se encargue de proveer leyes, defensa, seguridad, justicia y ayuda social a los más necesitados.
3. Argumento económico
Cuanto más libre y pacífica es una sociedad, es decir, cuanto menor es el grado de coacción del gobierno, mayor nivel de vida disfrutan sus integrantes. Esta correlación se observa claramente en el Índice de Libertad Económica, que cada año publica la Heritage Foundation, y donde España ocupa (2019) el puesto 57 de un total de 180 países analizados. Los países con menor libertad económica son también los más pobres: Cuba, Venezuela y Corea del Norte.
Los aspectos económicos que pueden ser tratados para defender el libre mercado son muy variados —inflación, banca central, monopolios, bienes públicos, intervencionismo, etc.— pero, con frecuencia, son incomprensibles para un público no especializado. Los anarcocapitalistas, por lo general, se adhieren a la Escuela Austriaca de Economía y poseen una aceptable formación económica. Aún así, los argumentos económicos no bastan para convencer a los partidarios de la planificación y el intervencionismo estatales; por ello, Freddy Kofman (2015) sugiere emplear el argumento ético, por ser más sencillo y fácil de entender.
4. Argumento ético
La calidad de una norma ética reside (al igual que el Derecho) en su aceptación universal. Por ejemplo: «No matarás» y «no robarás», son prohibiciones reconocidas por todos en todo tiempo y lugar. Por otra parte, frente a una agresión criminal, la víctima puede legítimamente defenderse usando la fuerza. Los principios éticos universales forman parte de una ética objetiva que algunos iusnaturalistas sostienen como la base científica de sus reclamos. Mientras que los anarcocapitalistas defienden los principios éticos de forma objetiva, los libertarios minarquistas se enfrentan al problema del subjetivismo ético. Si admitimos que el Estado puede coaccionarnos «mínimamente»: ¿Dónde fijar los límites de la violencia?, ¿dónde situar los límites fiscales y regulatorios? Aquí nos enfrentamos al mismo problema teórico de la gradualidad. Una vez admitida una «pequeña» cantidad de agresión, cada cuál tendrá una idea distinta de lo que es «aceptable». Por ejemplo, los abolicionistas nunca dijeron que cierto grado de esclavitud era asumible; por idéntico motivo, la coacción estatal debe ser rechazada en su totalidad: porque cualquier grado de violencia es inmoral. En definitiva, el minarquismo conduce a una ética problemática: subjetiva, imprecisa, cambiante.
La defensa de los principios éticos debe ser absoluta, al margen de sus consecuencias (utilitarismo). Como rezaba el lema del rey Fernando I de Habsburgo (1503-1564): Fiat justitia et pereat mundus –«hágase la justicia, aunque perezca el mundo». Mises (2011: 178) modificó ligeramente el lema anterior: Fiat justitia ne pereat mundus –«hágase justicia, si no queremos que perezca el mundo»– para dejar claro que los intereses de la sociedad pasan necesariamente por la observancia estricta de los principios éticos que inspiran la justicia. El rechazo de cualquier cantidad de violencia —privada o estatal— es una cuestión teórica que debe ser defendida independientemente de nuestra comprensión sobre su viabilidad práctica. No importa que el libertarismo radical o anarcocapitalismo sea «hoy» una utopía, tal vez, en el futuro, el Estado sea una reliquia.
Bibliografía
Benegas, (2014). «El rol de la desigualdad de ingresos y patrimonios» [Video file]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=ZZ-mfv9-Ohs&t=833s
Huerta de Soto, J. (2014). «Liberalismo frente a anarcocapitalismo». https://www.youtube.com/watch?v=ZIszLPMDdnM
Kofman, F. (2015). «Ética del capitalismo». https://www.youtube.com/watch?v=AByXGmOfX7Q
Mises, L. (2011). La Acción Humana. Madrid: Unión Editorial.
[1] Excluimos las relaciones entre padres e hijos menores, incapacitados, etc.
- 28 de diciembre, 2009
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